Viviendas de uso turístico VUT

Viviendas de uso turístico

La actividad turística de alojamiento es la ejercida por las empresas que presten servicios de hospedaje al público, mediante precio, de forma profesional y habitual, bien sea de modo permanente o temporal con o sin prestación de servicios complementarios.

Quedan excluidas del ámbito de aplicación de la presente Ley, las actividades de alojamiento que tengan fines institucionales, sociales, asistenciales, laborales, o se desarrollen en el marco de programas de la Administración dirigidos a la infancia y a la juventud (artículo 24 de la Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid).

Las diferentes modalidades de alojamiento turístico son:

  1. Apartamento Turístico.
  2. Hotel, pensión y turismo rural.
  3. Hostería (hostels).
  4. Vivienda de uso turístico.
  5. Campamentos de Turismo.

Destinatarios y/o requisitos

Las personas físicas o jurídicas que, siendo titulares de la actividad, presenten el modelo de declaración jurada de cumplimiento de la normativa, denominada declaración responsable, debidamente relleno.

Documentación a presentar

Declaración responsable. La realiza la persona titular de la actividad y en ella declara, bajo su responsabilidad, lo siguiente:

  • Que el establecimiento cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente y aplicable.
  • Que comunicará los ceses de actividad, cambios de denominación o cualquier otra modificación de los datos contenidos en la Declaración inicial a la Dirección General de Turismo de la Comunidad de Madrid.
  • Que cuenta con los preceptivos permisos y licencias exigibles por otras Administraciones y Organismos Públicos.
  • Que conoce las obligaciones que corresponden a las empresas turísticas, contenidas en el artículo 12 de la Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid.
Asimismo, declara que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener el cumplimiento de la normativa vigente y aplicable cumplimiento durante la vigencia de la actividad.

Documentación requerida.

  • Escritura de constitución de la sociedad, en su caso.
  • Documento que acredite la disponibilidad del inmueble (Escritura de Compra-Venta, Contrato de Arrendamiento o de cesión, u otros).
  • DNI o Pasaporte del titular o administrador de la sociedad.
  • . NIF/NIE.

En el caso de los apartamentos turísticos, a la documentación deberá añadirse el Contrato de cesión de la explotación.

En el caso de las viviendas de uso turístico, se presentarán además, el certificado de idoneidad para vivienda de uso turístico y seguro de responsabilidad civil.

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